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	<title>registro de jornada laboral Archivos - El blog de los corredores y mediadores de seguros</title>
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	<description>El Blog del Corredor es el espacio de referencia para la mediación de seguros, gestionado por Solvento. Aquí encontrarás contenido práctico y actualizado para corredores de seguros, desde consejos de gestión y marketing hasta análisis de tendencias del sector. ¡Optimiza tu correduría con nuestras publicaciones!</description>
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	<title>registro de jornada laboral Archivos - El blog de los corredores y mediadores de seguros</title>
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		<title>Limitaciones en el Uso de Sistemas Biométricos para el Registro de Jornada Laboral: Directrices de la AEPD</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Solvento]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Dec 2023 11:48:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Laboral]]></category>
		<category><![CDATA[limitaciones]]></category>
		<category><![CDATA[registro de jornada laboral]]></category>
		<category><![CDATA[sistema biométrico]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Descubre cómo la AEPD limita el uso de tecnología biométrica en el registro de jornada laboral, garantizando la protección de datos según el RGPD.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Introducción</strong>:</h2>



<p class="wp-block-paragraph">En el panorama actual, donde la tecnología biométrica avanza a pasos agigantados, surge una preocupación creciente por la protección de datos personales. El uso de huellas dactilares y reconocimiento facial para el registro de jornada laboral ha sido objeto de revisión por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), buscando un equilibrio entre innovación tecnológica y cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Evolución de los Sistemas Biométricos</strong>: </h2>



<p class="wp-block-paragraph">La tecnología biométrica ha evolucionado significativamente, permitiendo la recolección de información detallada y a menudo sin el conocimiento del individuo. Esta capacidad ha llevado a la necesidad de replantear los límites en el tratamiento de datos biométricos, especialmente con el desarrollo de la Inteligencia Artificial y sus implicaciones en la privacidad​​.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Normativa y Tecnología en Constante Cambio</strong>:</h2>



<p class="wp-block-paragraph"> Estos avances tecnológicos han requerido cambios en el marco normativo y tecnológico para asegurar el cumplimiento del RGPD y otras normativas aplicables, particularmente en lo que respecta a técnicas basadas en inteligencia artificial​​.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Definición de Datos Biométricos según el RGPD</strong>: </h2>



<p class="wp-block-paragraph">El RGPD define los datos biométricos como aquellos que, a partir de características físicas, fisiológicas o conductuales, permiten la identificación o autenticación única de una persona. Esto incluye información como imágenes faciales o huellas dactilares​​.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>El Control de Presencia en el Entorno Laboral</strong>: </h2>



<p class="wp-block-paragraph">El control de presencia, incluyendo el registro de jornada y el control de acceso, debe cumplir con los principios del RGPD. La implementación de sistemas biométricos en estos procesos conlleva consideraciones adicionales para asegurar la protección de datos personales​​.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Legislación Española Relacionada</strong>: </h2>



<p class="wp-block-paragraph">En España, el Real Decreto-Ley 8/2019 regula el registro de jornada para combatir la precariedad laboral. Además, el art. 20.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores permite al empresario adoptar medidas de vigilancia y control, respetando siempre la dignidad del trabajador​​.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>El Principio de Minimización de Datos</strong>:</h2>



<p class="wp-block-paragraph"> El RGPD establece que los datos recogidos deben ser los estrictamente necesarios para el propósito para el que se tratan. Esto implica que en los sistemas de control de presencia, el uso de datos biométricos debe ser justificado y limitado a lo indispensable​​.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Selección y Configuración de las Tecnologías Apropiadas</strong>: </h2>



<p class="wp-block-paragraph">Al seleccionar tecnologías para el registro de jornada, se debe priorizar aquellas que respeten el principio de minimización de datos, evitando la recolección de información innecesaria​​.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Justificación del Empleo de Tecnologías Biométricas</strong>: </h2>



<p class="wp-block-paragraph">Las empresas deben justificar el uso de tecnologías biométricas para el control de presencia, demostrando que son esenciales y eficaces para la finalidad buscada​​.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Cómo Solvento Consulting Puede Ayudar</strong>:</h2>



<p class="wp-block-paragraph">En este contexto de regulaciones cambiantes y desafíos tecnológicos, es crucial para las empresas asegurarse de que están cumpliendo con las normativas vigentes. En Solvento Consulting, entendemos la importancia de adaptarse a estos cambios manteniendo la eficiencia y seguridad en los procesos de registro de jornada laboral.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Nuestro departamento laboral está especializado en proporcionar asesoramiento detallado y personalizado a nuestros clientes. Evaluamos sus sistemas actuales de control de presencia, incluyendo tecnologías biométricas, y ofrecemos soluciones que no solo cumplen con el RGPD y las directrices de la AEPD, sino que también se alinean con las necesidades específicas de cada organización.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Con nuestro equipo de expertos, los clientes pueden sentirse seguros de que sus métodos de registro de jornada laboral son legales, eficientes y respetuosos con la privacidad de sus empleados. En Solvento Consulting, nos comprometemos a mantener a las empresas a la vanguardia de la legislación laboral y la protección de datos.</p>



<h2 class="wp-block-heading"><strong>Conclusión</strong>: </h2>



<p class="wp-block-paragraph">En un entorno laboral cada vez más digitalizado, es fundamental contar con el apoyo de expertos que entiendan tanto las tecnologías emergentes como las regulaciones legales. En Solvento Consulting, estamos aquí para ayudar a las empresas a navegar por estos desafíos y garantizar que sus prácticas laborales sean seguras, eficientes y conformes a la ley.</p>
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		<title>Obligación de registrar la jornada laboral</title>
		<link>https://elblogdelcorredor.es/obligacion-de-registrar-la-jornada-laboral/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Solvento]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Mar 2019 09:56:46 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[convenio de mediación de seguros]]></category>
		<category><![CDATA[corredores]]></category>
		<category><![CDATA[corredores de seguros]]></category>
		<category><![CDATA[jornada laboral]]></category>
		<category><![CDATA[registro de jornada laboral]]></category>
		<category><![CDATA[seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La obligación de registrar la jornada laboral de todo el personal se ha puesto en marcha Recientemente se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Hasta ahora, y después de varios [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
				
<p class="wp-block-paragraph" style="text-align:left">La obligación de registrar la jornada laboral de todo el personal se ha puesto en marcha </p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-3481">Recientemente se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. </a></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Hasta ahora, y después de varios cambios de interpretación por parte de la Inspección de Trabajo, su empresa tenía la obligación de registrar la jornada de sus empleados a tiempo parcial y de efectuar una totalización mensual. También debía entregar, junto con la nómina, una copia de dicho registro al empleado, reflejando el resumen de las horas realizadas cada mes (ya fueran ordinarias o complementarias).</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pues bien, <strong>esta reciente norma extiende la obligación a toda su plantilla, incluyendo la de los contratados a jornada completa.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Particularidades:</p>



<ul class="wp-block-list"><li>Dicha obligación <strong>entrará en vigor el próximo 12 de mayo</strong>. Así pues, a partir de esa fecha deberá realizar un <strong>registro diario de la jornada de todos sus empleados incluyendo la hora concreta de inicio y de fin de la jornada.</strong></li><li>Para cumplir con esta obligación, el convenio – o un acuerdo de empresa con los representantes de los trabajadores – puede indicar cómo documentar este registro. </li></ul>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Recordemos
que el convenio del sector se encuentra prorrogado en estos momentos, a la
espera de acuerdo de las partes y posterior publicación.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En su
defecto, usted puede decidir de forma unilateral&nbsp;(previa consulta con los
representantes de los trabajadores, si los hay) cómo cumplir con esta obligación.
Por ejemplo, mediante un sistema de fichajes electrónico o con un registro
manual que documente la hora de entrada y de salida, siendo este último un
sistema poco valorado por la Inspección por su mayor grado de manipulación.</p>



<ul class="wp-block-list"><li>Su empresa deberá <strong>conservar los registros de jornada durante cuatro años,</strong> quedando a disposición de trabajadores, representantes e Inspección de Trabajo.</li><li>Se introduce a este respecto una nueva sanción en la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social), quedando <strong>tipificado el incumplimiento del registro de jornada como una infracción grave en materia de relaciones laborales,</strong> cuya multa oscila entre 626 o 6.250 euros, en función de la gravedad de los hechos. </li></ul>



<p class="wp-block-paragraph"><em>Ante la proximidad de nuevas elecciones generales y del marco parlamentario que pueda derivarse, el presente RD es posible que esté sujeto a posibles variaciones. </em></p>



<p class="wp-block-paragraph">Si estás interesado en conocer más sobre este artículo y de cómo aplicarlo a tu negocio consultanos. </p>
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