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	<title>kit digital Archivos - El blog de los corredores y mediadores de seguros</title>
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	<description>El Blog del Corredor es el espacio de referencia para la mediación de seguros, gestionado por Solvento. Aquí encontrarás contenido práctico y actualizado para corredores de seguros, desde consejos de gestión y marketing hasta análisis de tendencias del sector. ¡Optimiza tu correduría con nuestras publicaciones!</description>
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		<title>¿Cómo tributa el Kit Digital?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Solvento]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Sep 2024 11:19:13 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Contabilidad]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscalidad]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Guía completa para corredores de seguros En un entorno empresarial cada vez más digitalizado, es crucial que las corredurías de seguros, como cualquier otra pequeña y mediana empresa, aprovechen las oportunidades que ofrecen las tecnologías. El Kit Digital es una subvención del Gobierno de España que permite a pymes y autónomos implementar soluciones digitales. Sin [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<p class="wp-block-paragraph"><strong>Guía completa para corredores de seguros</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">En un entorno empresarial cada vez más digitalizado, es crucial que las corredurías de seguros, como cualquier otra pequeña y mediana empresa, aprovechen las oportunidades que ofrecen las tecnologías.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El <strong>Kit Digital</strong> es una subvención del Gobierno de España que permite a pymes y autónomos implementar soluciones digitales. Sin embargo, no debemos olvidar que esta ayuda tiene implicaciones fiscales que afectan tanto a la <strong>contabilidad</strong> como a la <strong>tributación</strong>. En esta entrada, desglosamos cómo tributa esta subvención y qué aspectos debes tener en cuenta para cumplir con tus obligaciones fiscales de manera eficiente.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿Qué es el Kit Digital?</h4>



<p class="wp-block-paragraph">El <strong>Kit Digital</strong> es una subvención que forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el objetivo de ayudar a las empresas a adoptar soluciones tecnológicas. Esta ayuda puede cubrir desde la creación de una página web hasta la implementación de sistemas de ciberseguridad o la adquisición de equipos como ordenadores. El valor del bono digital varía según el tamaño de la empresa:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Hasta 3 empleados</strong>: 2.000 €.</li>



<li><strong>Entre 3 y 9 empleados</strong>: 6.000 €.</li>



<li><strong>Entre 10 y 49 empleados</strong>: 12.000 €.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Este dinero se utiliza para cubrir los costes de soluciones digitales ofrecidas por los llamados <strong>agentes digitalizadores</strong>, proveedores homologados por el programa. Aunque la subvención cubre el coste de la solución digital, <strong>no incluye el IVA, que deberá ser pagado por la empresa</strong>.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿Cómo afecta a la tributación de tu correduría de seguros?</h4>



<p class="wp-block-paragraph">Recibir el bono del Kit Digital supone un ingreso para la empresa que debe ser declarado en el Impuesto sobre Sociedades (IS) o en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) si eres autónomo. <strong>Esto es importante porque, aunque el bono ayuda a cubrir costes tecnológicos, también implica un aumento de la base imponible de la empresa.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">Existen dos maneras en las que puede imputarse esta subvención:</p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Subvención corriente</strong>: Si el bono se utiliza para cubrir gastos del ejercicio, como el mantenimiento de una página web o la contratación de un servicio de ciberseguridad, este ingreso debe imputarse en su totalidad en el mismo ejercicio fiscal en que se reciba la ayuda. Es decir, la subvención se considerará un ingreso más que influirá en el resultado del ejercicio.</li>



<li><strong>Subvención de capital</strong>: Si el bono se destina a la adquisición de un inmovilizado tangible o intangible (por ejemplo, la compra de software o equipos de hardware), la subvención no se declara íntegramente en el ejercicio en que se recibe. En su lugar, se imputará a lo largo de la vida útil del activo, es decir, conforme se vaya amortizando. En este caso, el ingreso se va reconociendo proporcionalmente a la amortización del bien.</li>
</ol>



<h4 class="wp-block-heading">Cómo contabilizar el Kit Digital en tu correduría</h4>



<p class="wp-block-paragraph">Un aspecto fundamental para cualquier corredor de seguros que reciba el Kit Digital es la <strong>contabilidad</strong> adecuada del bono. Aquí te explicamos cómo hacerlo:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Si compras un software nuevo, debes contabilizarlo como una «Aplicación Informática» en la cuenta 206 de tu plan contable.</li>



<li>La subvención recibida se reconoce en la cuenta de patrimonio neto (cuenta 130, «Subvenciones oficiales de capital»).</li>



<li>La amortización de este software se realiza anualmente, y se puede aplicar un coeficiente máximo del 33%.</li>



<li>Cada año, a medida que se amortice el software, deberás declarar un mayor ingreso aplicando el mismo porcentaje de amortización sobre la subvención, contabilizándolo en la cuenta 746 («Subvenciones transferidas a resultados del ejercicio»).</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">En el caso de que seas autónomo y estés bajo el régimen de estimación directa simplificada, el coeficiente máximo de amortización para aplicaciones informáticas es del 26% anual.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Ventajas del Kit Digital para corredurías de seguros</h4>



<p class="wp-block-paragraph">El Kit Digital representa una excelente oportunidad para modernizar las corredurías de seguros, mejorando la eficiencia y el acceso a herramientas tecnológicas que permiten optimizar procesos. Entre los beneficios específicos que puedes aprovechar, destacan:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Mayor visibilidad online</strong>: Crear o mejorar tu página web puede atraer nuevos clientes y consolidar la presencia de tu correduría en el mundo digital.</li>



<li><strong>Automatización de procesos</strong>: La implementación de software de gestión puede hacer más eficientes tareas administrativas, como el seguimiento de clientes y la gestión de pólizas.</li>



<li><strong>Ciberseguridad</strong>: En un sector donde la protección de datos es fundamental, el uso de herramientas de ciberseguridad subvencionadas protege tanto a la empresa como a los clientes.</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">Puntos a considerar para una correcta gestión fiscal</h4>



<p class="wp-block-paragraph">Aunque el Kit Digital ofrece grandes ventajas, es importante tener en cuenta ciertos aspectos fiscales para evitar problemas en el futuro:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Planificación fiscal</strong>: Si tienes previsto solicitar el bono, asegúrate de planificar adecuadamente cómo vas a imputar los ingresos. ¿Se utilizará para gastos corrientes o para la adquisición de inmovilizados? Esto afectará directamente cuándo y cómo se imputarán los ingresos y, por lo tanto, el impacto en tu declaración de impuestos.</li>



<li><strong>Registro contable</strong>: Mantén un registro claro y detallado de las subvenciones recibidas y cómo se aplican. Esto facilitará no solo el proceso de declaración, sino también futuras revisiones fiscales.</li>



<li><strong>Asesoría contable y fiscal</strong>: Si no cuentas con un equipo contable interno, es recomendable contratar un servicio de asesoría que te ayude a gestionar correctamente tanto la solicitud del bono como su contabilidad y tributación.</li>
</ul>



<h4 class="wp-block-heading">Conclusión</h4>



<p class="wp-block-paragraph">El <strong>Kit Digital</strong> no solo es una herramienta clave para impulsar la digitalización en las corredurías de seguros, sino que también requiere una gestión fiscal y contable cuidadosa. Aprovechar esta subvención puede ser el impulso que tu negocio necesita para modernizarse y ser más competitivo en el mercado. </p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong><em>Sin embargo, no olvides que una correcta imputación de la subvención es esencial para evitar problemas con Hacienda. Planifica, registra y, si es necesario, asesórate para maximizar los beneficios de este bono digital sin complicaciones fiscales.</em></strong></p>



<p class="wp-block-paragraph"></p>
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		<title>DUDAS SOBRE EL KIT DIGITAL</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Solvento]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 06 Jul 2022 06:56:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Consultoría]]></category>
		<category><![CDATA[agentes digitalizadores]]></category>
		<category><![CDATA[digital]]></category>
		<category><![CDATA[kit]]></category>
		<category><![CDATA[kit digital]]></category>
		<category><![CDATA[proyectos]]></category>
		<category><![CDATA[solicitud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>That is not possible my friend. John McAfee &#8211; Que en paz descanse.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<h2 style="text-align: center;">Introducción</h2>



<p>A principios de año escuchamos sobre como el Gobierno de España, tomaba la iniciativa de subvencionar la implantación de soluciones digitales a Autónomos y Pymes de hasta 49 trabajadores.</p>
<p>Dicho Kit Digital, está financiado con los fondos <strong><em>«Next Generation UE»</em></strong>, con las que el Gobierno pretende impulsar la digitalización del tejido empresarial español. Las empresas de menos de 50 trabajadores y los autónomos podrán pedir estos «bonos digitales», de entre 2.000 y 12.000 euros, para contratar soluciones tecnológicas a través de los agentes digitalizadores y optimizar con ellas sus negocios. Para más información o saber si puedes optar a estas subvención haz click en el siguiente botón:</p>



<div class="wp-block-button aligncenter"><a class="wp-block-button__link has-background" href="https://www.acelerapyme.gob.es/sites/acelerapyme/files/2022-01/Kit_Digital_Gui%CC%81a_digitalizadores_13-01-22.pdf" style="background:linear-gradient(135deg,rgb(255,255,255) 0%,rgb(33,74,96) 93%)">Más información</a></div>



<div style="height:27px" aria-hidden="true" class="wp-block-spacer"></div>



<p>Una vez revisados los requisitos y cumpliendo con estos, se deberán realizar los siguientes pasos serán: Registro, test autodiagnóstico y solicitud, Estos tres cortos pasos los debe realizar de manera individual correduría para optar a las ayudas del bono Kit Digital.</p>



<figure class="wp-block-image"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="267" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2022/07/1-2-3-bolas-1024x267.png" alt="" class="wp-image-1749" srcset="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2022/07/1-2-3-bolas-1024x267.png 1024w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2022/07/1-2-3-bolas-300x78.png 300w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2022/07/1-2-3-bolas-768x200.png 768w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2022/07/1-2-3-bolas.png 1366w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<h2 style="text-align: center;">La realidad actual del Kit Digital</h2>



<p>Hasta aquí ninguna novedad, una simple introducción a modo de recordatorio. Desde diversas fuentes del sector, nos está llegando la misma información, existe lentitud burocrática a la hora de tramitar el alta de la solicitud. Además queremos recordar que;</p>



<p style="text-align: justify;"><span style="font-size: 14pt;"><strong>&lt;&lt; «La solicitud será realizada por el solicitante, su representante legal o un representante voluntario que cuente con su autorización (Art. 27. 3). Posteriormente el agente digitalizador y el beneficiario deberán firmar un contrato para la solución que se desee adoptar (Art. 30. 3) por lo que el agente digitalizador no puede canalizar ninguno de estos tres pasos previos.» &gt;&gt;</strong></span></p>



<p>-Aunque haya un acuerdo de colaboración para la realización de los trabajos solicitados entre el agente digitalizador y el beneficiario, no se pueden empezar los mismos hasta la aprobación por parte de la Administración del bono. Dicha aprobación está resultando lenta y tediosa.</p>



<p>-Ocurre que, cuando el agente digitalizador introduce el acuerdo con el beneficiario en la plataforma, en la mayoría de las ocasiones éste no consta como receptor de las ayudas. Esto ocurre porque: O no ha sido dado de alta todavía o hay una falta de datos en la <span style="font-size: 14pt;"><strong><a href="https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital">solicitud</a>.</strong></span></p>



<h2 style="text-align: center;">Constancia, constancia y paciencia.</h2>



<p>Por ello, los agentes digitalizadores insisten en que se tome la costumbre de revisar el estado del trámite. Revisar la bandeja de correo y el correo no deseado a menudo en busca de alguna comunicación de falta de información o datos que haya hecho que se paralice la solicitud de este sin llegar a aprobación.</p>



<h2 style="text-align: center;">A tener en cuenta&#8230;</h2>



<p>-Se han encontrado casos en el que el cliente quiere que se empiece a trabajar en su proyecto, pero el Kit Digital todavía no ha sido aprobado y se piensa en la opción de un pago en el futuro cuando este haya sido aprobado.</p>



<blockquote class="wp-block-quote has-text-align-center is-style-default has-black-color has-text-color has-medium-font-size is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow" style="font-style:italic;font-weight:600"><p>  <strong><em>That is not possible my friend.</em></strong> </p><cite> <a href="https://twitter.com/officialmcafee"><span style="color:#0693e3" class="tadv-color">John McAfee &#8211; Que en paz descanse.</span></a></cite></blockquote>



<h2 style="text-align: center;">Aquí no hay truco&#8230;</h2>



<p>El bono no tiene efecto retroactivo, por lo que todos los trabajos realizados y facturados con anterioridad a la aprobación de este, no podrán entrar en dichas ayudas, con el agravante de que, si se empieza algún servicio / proyecto financiado por el Kit Digital como NUEVO está por tanto INCLUIDO en el importe subvencionado por el mismo. En resumen, los agentes digitalizadores que inicien los servicios previamente a la aprobación del Kit Digital del solicitante pueden encontrarse con impagos, además de una sanción por parte del organismo regulador (el Gobierno).</p>



<h4 style="text-align: center;">¿Y las facturas, cómo deben realizarse?</h4>



<p>-Sobre las facturas, los Agentes Digitalizadores autorizados, han de realizar una factura por la totalidad del servicio. El beneficiario deberá abonar al agente la parte correspondiente al impuesto sobre el valor añadido y aquel excedente sobre el bono si los hubiere.</p>
<p>La Administración abonará al agente la parte correspondiente a la aprobación del bono al beneficiario en función de la categoría y la convocatoria.</p>



<h4 style="text-align: center;">Conclusiones</h4>



<p style="text-align: center;"><strong>La digitalización es un paso estratégico para cualquier compañía. Si la correduría tiene dentro de su plan estratégico la digitalización, debe valorar demorarlo a la espera de la aceptación del kit o continuar con su plan de negocio.</strong></p>



<p class="">Con esta nueva entrada del Blog del Corredor queremos hacernos eco de los obstáculos que están surgiendo durante la solicitud de los ayudas. Esperamos que nadie se desanime y que se tenga en cuenta esta necesaria revisión y  constancia sobre las solicitudes para poder tramitarlas con la mayor agilidad posible. Recordar, además, que como Agente Digitalizador realizamos las siguientes categorías del <span class="" style="font-size: 14pt; color: #127eba;"><strong class=""><a class="" style="color: #127eba;" href="https://solventoconsulting.com/kit-digital">Kit Digital</a>.</strong></span> Para cualquier duda, contáctanos.</p>



<div class="wp-block-button aligncenter"><a class="wp-block-button__link has-background" href="https://solventoconsulting.com/contacto" style="background:linear-gradient(135deg,rgb(255,255,255) 0%,rgb(33,74,96) 100%)">Contacta con Solvento Consulting</a></div>
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		<title>KIT DIGITAL: ¿CANTOS DE SIRENA?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Solvento]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 11 Feb 2022 10:59:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Consultoría]]></category>
		<category><![CDATA[ayudas]]></category>
		<category><![CDATA[digital]]></category>
		<category><![CDATA[gobierno]]></category>
		<category><![CDATA[kit]]></category>
		<category><![CDATA[kit digital]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Qué es el Kit Digital? ¿Qué requisitos existen para poder optar a esta ayuda? ¿Qué requisitos ha de tener la empresa solicitante? Veo muchos anuncios sobre el Kit Digital, ¿Puedo solicitarlo ya?</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<h4 class="wp-block-heading">¿Qué es el Kit Digital?</h4>



<p>El Kit Digital es un programa de ayudas financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU. <br><br>Su objetivo es favorecer la digitalización de Pymes y autónomos. Estás ayudas están dentro del Plan De Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.</p>
<p><br><strong>El programa Kit Digital nace para apoyar e impulsar la digitalización de un millón de pymes y autónomos del territorio español con el fin de que puedan acceder a nuevos mercados y desarrollar su potencial.</strong></p>
<p>Para ello, el Gobierno invertirá más de 3.000 millones de euros entre 2021 y 2023.</p>



<h4 class="wp-block-heading">¿Qué requisitos existen para poder optar a esta ayuda?</h4>



<p>Para ser beneficiario de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo <strong>cuyo domicilio fiscal debe estar ubicado en territorio español.</strong></p>
<p>Según el número de empleados y la categoría de la empresa, las compañías beneficiarias se clasifican en:</p>
<ul>
<li>Pequeñas empresas de entre 10 y 49 empleados.</li>
<li>Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y 9 empleados.</li>
<li>Pequeñas empresas o Microempresas de entre 0 y 2 empleados.</li>
</ul>
<p><strong>La primera convocatoria de ayudas, con una inversión de 500 millones de euros, está destinada para pymes de entre 10 y 49 trabajadores.</strong></p>
<p><strong>El Kit Digital consiste en un bono de 12.000€ para las empresas de entre 10 y 49 empleados.</strong> En esta primera fase solo podrán recibirlo las empresas que no tengan un alto nivel de digitalización. Previamente a esto, deberán realizar el <strong>Kit de Autodiagnostico.</strong></p>
<p><strong>Las empresas de entre 3 y 9 empleados disfrutarán de un bono de 6.000€, mientras que las empresas o microempresas de entre 0 y 2 empleados recibirán 2.000€ <span class="TextRun  BCX0 SCXW26134885" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="none"><span class="NormalTextRun  BCX0 SCXW26134885">para todos aquellos servicios que ofrece el agente digitalizador.&nbsp;</span></span></strong></p>
<p>El objetivo principal es que las pequeñas y medianas empresas compren servicios que existan en el mercado para mejorar la ciberseguridad o para desarrollar una página web, entre otras finalidades.</p>
<p><strong>Las empresas tienen que inscribirse en el portal Acelera Pyme y podrán contratar los servicios a partir de febrero de 2022.</strong></p>



<h4 class="wp-block-heading" id="m199-198-200">¿Qué requisitos ha de tener la empresa solicitante?</h4>



<p id="m204-203-205" class="paragraph ">Según detalla el Gobierno de España en su portal&nbsp;<a href="https://www.acelerapyme.es/kit-digital" target="_blank" rel="nofollow noopener noreferrer"><strong>Acelerapyme</strong></a>, la ayuda tiene como objetivo subvencionar la implantación de&nbsp;<strong>soluciones digitales</strong>&nbsp;disponibles en el mercado para conseguir un avance significativo en el nivel de&nbsp;<strong>madurez digital</strong>. En este sentido, para acceder a esta cuantía, la entidad ha de contar con una serie de requisitos en su tramitación. Las condiciones serían las siguientes:</p>
<div id="m209-208-210">
<ul>
<li>Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.</li>
<li>Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.</li>
<li>Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.</li>
<li>No tener consideración de empresa en crisis.</li>
<li>Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.</li>
<li>No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.</li>
<li>No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</li>
<li>No superar el límite de ayudas &#8216;minimis&#8217; (de pequeña cuantía).</li>
</ul>
</div>



<h4 class="wp-block-heading">Veo muchos anuncios sobre el Kit Digital, ¿Puedo solicitarlo ya?</h4>



<p>A pesar de los muchos anuncios, la verdad es que todavía no se han seleccionado a los agentes digitalizadores. Desde Solvento Consulting, estamos tramitando nuestro alta como Agente Digitalizador, <span class="TextRun SCXW217387957 BCX0" lang="ES-ES" xml:lang="ES-ES" data-contrast="none"><span class="NormalTextRun SCXW217387957 BCX0">y restamos a vuestra disposición para cualquier duda al respecto sobre el Kit Digital.</span></span></p>
<p>La entrada <a href="https://elblogdelcorredor.es/kit-digital-cantos-de-sirena/">KIT DIGITAL: ¿CANTOS DE SIRENA?</a> aparece primero en <a href="https://elblogdelcorredor.es">El blog de los corredores y mediadores de seguros</a>.</p>
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