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	<title>CORREDURIA Archivos - El blog de los corredores y mediadores de seguros</title>
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	<description>El Blog del Corredor es el espacio de referencia para la mediación de seguros, gestionado por Solvento. Aquí encontrarás contenido práctico y actualizado para corredores de seguros, desde consejos de gestión y marketing hasta análisis de tendencias del sector. ¡Optimiza tu correduría con nuestras publicaciones!</description>
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	<title>CORREDURIA Archivos - El blog de los corredores y mediadores de seguros</title>
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	<item>
		<title>Mediador de Seguros ¿Cómo debe actuar?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Solvento]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Feb 2021 15:00:09 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[analisis objetivo]]></category>
		<category><![CDATA[contrato de seguro]]></category>
		<category><![CDATA[corredor de seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Bienvenidos de nuevo, en esta segunda píldora vamos a comentar qué obligaciones debe tener en cuenta un Mediador de Seguros en la fase previa a la celebración de un contrato de seguros. FASE PREVIA En primer lugar, determinar, basándose en informaciones obtenidas del cliente, sus exigencias y necesidades. Facilitar información objetiva y comprensible acerca del [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
				
<p><strong><em>Bienvenidos de nuevo, </em></strong> en esta segunda píldora vamos a comentar qué obligaciones debe tener en cuenta un Mediador de Seguros en la fase previa a la celebración de un contrato de seguros. </p>



<p style="text-align: justify;">A continuación, haremos un repaso a qué expresiones no se deberían utilizar.</p>



<p style="text-align: justify;">Antes de comenzar, queremos recordaros que hace una semana escribimos la primera píldora del aniversario del RDL 3/2020: <a href="https://elblogdelcorredor.es/distribuidores-de-seguros/">«Distribuidores de seguros»</a></p>



<p><span style="font-size: 14pt;">Así pues, estas son las fases en la celebración de un contrato de seguro:</span></p>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter is-resized"><img fetchpriority="high" decoding="async" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/giphy.gif" alt="" class="wp-image-1517" width="200" height="250"/></figure></div>



<h4 class="wp-block-heading" style="text-align:center">FASE PREVIA </h4>



<ul class="wp-block-list"><li>En primer lugar, determinar, basándose en informaciones obtenidas del cliente, sus<strong> exigencias y necesidades</strong>. Facilitar información objetiva y comprensible acerca del producto de seguro.</li></ul>



<ul class="wp-block-list"><li>A continuación debemos hacer un<strong> Análisis objetivo: </strong>Prestar asesoramiento sobre la base del análisis de un número suficiente de contratos de seguro ofrecidos en el mercado, de modo que pueda formular una recomendación personalizada, ateniéndose a criterios profesionales, respecto al contrato de seguro que sería adecuado a las necesidades del cliente.</li></ul>



<p style="text-align: justify;"><strong>(Los puntos anteriores son modulares en función de la complejidad del producto y del tipo de cliente.)</strong></p>



<ul class="wp-block-list"><li><strong>Velar por la concurrencia</strong> de los requisitos que ha de reunir la póliza de seguro para su
eficacia y plenitud de efectos.<strong></strong></li></ul>



<ul class="wp-block-list"><li><strong>Documento de información previa sobre el
producto de seguro.</strong><strong></strong></li></ul>



<ul class="wp-block-list"><li>Facilitar la <strong>Información General
Previa</strong> del Distribuidor.</li></ul>



<ul class="wp-block-list"><li><strong>Honorarios profesionales </strong>(opcional).</li></ul>



<p style="text-align: justify;">Por lo tanto, el Mediador de Seguros y el cliente <strong>podrán acordar honorarios</strong>, cumpliendo con los siguientes requisitos:</p>



<ul class="wp-block-list"><li>Acuerdo por escrito.</li><li>Los honorarios se facturarán directamente al cliente.</li><li>Factura independiente de los honorarios, separada del recibo de prima
emitido por la aseguradora. </li></ul>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter is-resized"><img decoding="async" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/giphy-1.gif" alt="" class="wp-image-1519" width="200" height="250"/></figure></div>



<h4 class="wp-block-heading" style="text-align:center">FASE DE EJECUCIÓN</h4>



<ul class="wp-block-list"><li>Con todo esto, se debe facilitar al tomador, al asegurado y al beneficiario del seguro la información que reclamen sobre cualquiera de las cláusulas de la póliza.</li><li>De igual importancia, se le debe dar  asistencia y asesoramiento en caso de siniestro.</li></ul>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter is-resized"><img decoding="async" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/giphy-2.gif" alt="" class="wp-image-1520" width="200" height="250"/></figure></div>



<h4 style="text-align: center;"><strong>Productos de inversión basados en seguros</strong></h4>



<h4 class="wp-block-heading" style="text-align:center">FASE PREVIA (IBIPS)  </h4>



<ul>
<li><strong>Prevención de conflictos de interés: </strong></li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Así mismo, se han de adoptar medidas para detectar e impedir posibles conflictos de interés que puedan afectar a sus clientes en la distribución de seguros.&nbsp;<br><br>Además, se ha de facilitar la <strong>Información General Previa</strong> del Distribuidor, que incluye <strong>requisitos adicionales: </strong> &nbsp;</p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="list-style-type: square;">
<li style="text-align: justify;"><span style="font-size: 12pt;"><strong>Si entregan evaluaciones periódicas de la idoneidad del producto.</strong></span></li>
<li style="text-align: justify;"><span style="font-size: 12pt;"><strong>Orientaciones y advertencias sobre los riesgos conexos a los IBIPS o a determinadas estrategias de inversión propuestas.</strong></span></li>
<li style="text-align: justify;"><span style="font-size: 12pt;"><strong>Información sobre todos los costes y gastos asociados.</strong></span></li>
</ul>
</li>
</ul>



<p>Por tanto, se debe determinar, basándose en informaciones obtenidas del cliente, sus: <strong>Exigencias y necesidades. </strong>Facilitar información objetiva y comprensible acerca del producto de seguro.</p>



<ul>
<li style="text-align: justify;"><strong>Honorarios profesionales </strong>(opcional)</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Por consiguiente, el corredor y el cliente podrán acordar honorarios, cumpliendo con los siguientes requisitos:</p>
<ul style="list-style-type: square; text-align: justify;">
<li>Acuerdo por escrito.</li>
<li>Los honorarios se facturará directamente al cliente.</li>
<li>Factura independiente de los honorarios, separada del recibo de prima emitido por la aseguradora.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;"><strong>Importante: </strong>El Mediador de Seguros únicamente podrá ser retribuido por el cliente.</p>



<p style="text-align: center;"><span style="font-size: 14pt;"><strong style="font-family: inherit;">Análisis de idoneidad, adecuación e información a los clientes a través del Mediador de Seguros:</strong></span></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none; text-align: justify;">
<ul style="list-style-type: square;">
<li>Obtener información sobre los conocimientos y experiencia del cliente sobre el tipo de producto de inversión.</li>
<li>Situación financiera y capacidad para soportar pérdidas.</li>
<li>Objetivos de la inversión.</li>
</ul>
</li>
</ul>



<p style="text-align: center;"><strong><span style="font-size: 14pt;">¿Y cómo consigue todo esto el Mediador de Seguros?</span></strong></p>
<ul>
<li style="text-align: justify;"><strong>Análisis objetivo: </strong>Prestar asesoramiento sobre la base del análisis de un número suficiente de productos ofrecidos en el mercado, de modo que pueda formular una recomendación personalizada, ateniéndose a criterios profesionales, respecto al producto que sería adecuado a las necesidades del cliente.</li>
<li style="text-align: justify;"><strong>Documento de información previa sobre el producto de seguro.</strong> <strong>&nbsp;</strong></li>
<li style="text-align: justify;"><strong>Crear un registro que recoja los documentos acordados con clientes para la prestación de los servicios.</strong></li>
<li style="text-align: justify;"><strong>Velarán por la concurrencia de los requisitos</strong> que ha de reunir el producto para su eficacia y plenitud de efectos. <strong>&nbsp;</strong></li>
</ul>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/giphy-3.gif" alt="" class="wp-image-1521" width="200" height="250"/></figure></div>



<h4 class="wp-block-heading" style="text-align:center">FASE DE EJECUCIÓN (IBIPS)</h4>



<p style="text-align: center;"><span style="font-size: 14pt;"><strong>SUSCRIPCIÓN DEL PRODUCTO DE INVERSIÓN BASADO EN SEGUROS</strong></span></p>



<ul class="wp-block-list"><li>Deben facilitar al tomador, al asegurado y al beneficiario del seguro la información que reclamen sobre cualquiera de las cláusulas del producto.</li><li>Asistencia y asesoramiento </li></ul>



<p style="text-align: center;"><span style="font-size: 18pt;"><strong>ACTIVIDADES PROHIBIDAS PARA LOS MEDIADORES DE SEGUROS</strong></span></p>



<div class="wp-block-image"><figure class="aligncenter is-resized"><img loading="lazy" decoding="async" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/468-1024x1024.jpg" alt="" class="wp-image-1522" width="200" height="200" srcset="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/468-1024x1024.jpg 1024w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/468-300x300.jpg 300w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/468-150x150.jpg 150w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/468-768x768.jpg 768w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/468-1536x1536.jpg 1536w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/468-2048x2048.jpg 2048w" sizes="(max-width: 200px) 100vw, 200px" /></figure></div>



<p style="text-align: justify;">Para finalizar, hagamos un breve apunte sobre cuáles de estás son más evidentes y cuales han de ser recordadas por el Mediador de Seguros para evitarlas.</p>



<h6 style="text-align: center;"><span style="text-decoration: underline;"><span style="font-size: 14pt;"><strong>Evidentes: </strong></span></span></h6>



<ul class="wp-block-list"><li><strong>Asumir directa o indirectamente la cobertura de cualquier
clase de riesgo,</strong> así como tomar a su cargo, en todo o
en parte, la siniestralidad objeto del seguro, siendo nulo todo pacto en
contrario.<strong></strong></li></ul>



<ul class="wp-block-list"><li><strong>Realizar la actividad de distribución en favor de
entidades aseguradoras y reaseguradoras no autorizadas en España</strong>, o que actúen transgrediendo los límites de la
autorización concedida.<strong></strong></li></ul>



<h5 style="text-align: center;"><span style="text-decoration: underline;"><span style="font-size: 14pt;"><strong>Recordar / Importante:</strong></span></span></h5>



<ul class="wp-block-list"><li>Utilizar en la denominación social,
en la publicidad o identificación de sus operaciones mercantiles, <strong>expresiones
que estén reservadas a las entidades aseguradoras y reaseguradoras que puedan
inducir a confusión con ellas.</strong></li></ul>



<p>Ejemplo:&nbsp;&nbsp; <a href="mailto:……………………@segurosmenganito.xx">……………………@segurosmenganito.xx</a>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; </p>



<p style="text-align: justify;"><strong>Rótulos, publicidad mercantil, envíos comerciales</strong> indicando solo, por ejemplo:</p>



<div class="wp-block-media-text alignwide"><figure class="wp-block-media-text__media"><img loading="lazy" decoding="async" width="338" height="321" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/not-ok.png" alt="" class="wp-image-1504" srcset="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/not-ok.png 338w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/not-ok-300x285.png 300w" sizes="(max-width: 338px) 100vw, 338px" /></figure><div class="wp-block-media-text__content">
<p style="font-size:28px;text-align:center"><em>Seguros Menganito</em></p>
</div></div>



<p style="text-align: justify;">En función del tipo de Mediador, debería ser:</p>



<div class="wp-block-media-text alignwide has-media-on-the-right"><figure class="wp-block-media-text__media"><img loading="lazy" decoding="async" width="323" height="321" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/ok.png" alt="" class="wp-image-1503" srcset="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/ok.png 323w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/ok-300x298.png 300w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/ok-150x150.png 150w" sizes="(max-width: 323px) 100vw, 323px" /></figure><div class="wp-block-media-text__content">
<p style="font-size:28px;text-align:center"><em>Correduría de Seguros Menganito</em></p>
</div></div>



<ul class="wp-block-list"><li><strong>Añadir recargos a los recibos de prima emitidos por las entidades aseguradoras</strong>, siendo nulo cualquier pacto anterior.</li></ul>



<p style="text-align: justify;"><em>Básicamente, hay que recordar que el cobro de honorarios o las prestaciones de servicios al cliente se deberán <strong>acordar previamente por escrito </strong>y corresponder a un concepto distinto a la prima.</em></p>



<ul class="wp-block-list"><li><strong>Celebrar
o modificar </strong><strong>en nombre de su cliente un contrato
de seguro sin el consentimiento de este.</strong><strong></strong></li></ul>



<p style="text-align: justify;"><em>Del mismo modo, la Correduría ha de poder acreditar las indicaciones del cliente en caso de posterior conflicto. Este aviso podría entrar dentro de la categoría de “evidentes”, pero se ha de recordar con el fin de evitar posibles contingencias, generadas por el personal de la Correduría que no tenga suficiente conocimiento en materia de distribución de seguros. </em></p>



<ul class="wp-block-list"><li><strong>Imponer directa o indirectamente la celebración de un
contrato de seguro.</strong><strong></strong></li></ul>



<p style="text-align: justify;"><em>Por esto mismo, no haremos comparaciones con el otro competidor OBSV sobre las diferentes prácticas realizadas. Mejor dejemos el comentario de no “imponer” la celebración de un contrato de seguro.</em></p>



<h3 style="text-align: center;">Documentos útiles:</h3>



<div class="wp-block-file aligncenter .wp-block-file .wp-block-file__button { background: #32373c; border-radius: 2em; color: #fff !IMPORTANT; font-size: 13px; padding: .5em 1em;"><a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/Fase-Previa.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Fase Previa en Seguros Generales</a><a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/Fase-Previa.pdf" class="wp-block-file__button" download>Descarga</a></div>



<hr class="wp-block-separator is-style-wide"/>



<div class="wp-block-file aligncenter"><a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/Fase-Ejecucion.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Fase Ejecución Seguros Generales</a><a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/Fase-Ejecucion.pdf" class="wp-block-file__button" download>Descarga</a></div>



<hr class="wp-block-separator is-style-wide"/>



<div class="wp-block-file aligncenter"><a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/Fase-Previa-IBIPS.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Fase Previa: IBIPS 1-2<br></a><a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/Fase-Previa-IBIPS.pdf" class="wp-block-file__button" download>Descarga</a></div>



<hr class="wp-block-separator is-style-wide"/>



<div class="wp-block-file aligncenter"><a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/Fase-Previa-2-IBIPS.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Fase Previa: IBIPS 2-2</a><a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/Fase-Previa-2-IBIPS.pdf" class="wp-block-file__button" download>Descarga</a></div>



<hr class="wp-block-separator is-style-wide"/>



<div class="wp-block-file aligncenter"><a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/Fase-Ejecucioon-IBIPS.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Fase Ejecución IBIPS</a><a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2021/02/Fase-Ejecucioon-IBIPS.pdf" class="wp-block-file__button" download>Descarga</a></div>
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			</item>
		<item>
		<title>El incremento del 2% en el IPS para el 2021.</title>
		<link>https://elblogdelcorredor.es/el-incremento-del-2-en-el-ips-para-el-2021/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[Solvento]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 21 Dec 2020 18:22:05 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Legal]]></category>
		<category><![CDATA[adecose]]></category>
		<category><![CDATA[ASEGURADORAS]]></category>
		<category><![CDATA[COMPAÑÍAS]]></category>
		<category><![CDATA[corredores de seguros]]></category>
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		<category><![CDATA[IMPUESTO PRIMAS DE SEGUROS]]></category>
		<category><![CDATA[IPS]]></category>
		<category><![CDATA[OBLIGACIONES DE LOS CORREDORES DE SEGUROS]]></category>
		<category><![CDATA[PRIMAS DE SEGUROS]]></category>
		<category><![CDATA[UNESPA]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Cómo podría afectar este incremento en las primas gestionadas por los mediadores? Para ponernos en contexto, dicho impuesto tiene efecto desde el 1 de enero de 1997, a través de su artículo 12 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. Es un tributo indirecto que grava [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
				
<p style="text-align:center"><strong>¿Cómo podría afectar este incremento en las primas gestionadas por los mediadores? </strong></p>



<p>Para
ponernos en contexto, dicho impuesto tiene efecto desde el 1 de enero de 1997,
a través de su artículo 12 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social. </p>



<p>Es un tributo indirecto que grava las operaciones de seguros y capitalización. Y que son sujetos pasivos las entidades aseguradoras cuando realicen las operaciones gravadas por el impuesto. </p>



<p><strong>La controversia, viene sobre el redactado del artículo 12.7 de la citada Ley</strong> </p>



<p>Que
dice; </p>



<p><strong>Siete. Devengo del impuesto.</strong></p>



<p><strong>El impuesto se devenga en el momento en que se satisfagan las primas relativas a las operaciones gravadas. </strong>En caso de fraccionamiento de las primas, el impuesto se devenga en el momento en que se realicen cada uno de los pagos fraccionados.</p>



<p>La petición del sector asegurador, en solicitar aplazamiento de 3
meses para la entrada en vigor del nuevo tipo impositivo, facilitaría la
gestión a la mediación y a las aseguradoras en última instancia, que son las
que deben repercutir íntegramente dicho impuesto, tal como se cita en el
artículo diez de la citada Ley </p>



<p><strong>Diez. Repercusión del impuesto</strong>.</p>



<p>El Impuesto sobre las Primas de Seguros deberá ser repercutido
íntegramente por las entidades aseguradoras sobre las personas que contraten
los seguros objeto de gravamen.</p>



<p>La repercusión se atendrá a lo establecido por la normativa
reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido.</p>



<p><strong>Y a la práctica en cómo afecta a las aseguradoras según el artículo trece de la mencionada Ley </strong></p>



<p><strong>Trece. Autoliquidación e ingreso.</strong></p>



<p>1) Los sujetos pasivos estarán obligados a <strong>presentar mensualmente declaración por este impuesto.</strong></p>



<p>2) En el mismo momento, de la declaración del sujeto pasivo deberá determinar la deuda tributaria correspondiente e ingresarla en el lugar, forma, plazos e impresos que establezca el Ministro de Economía y Hacienda.</p>



<p>Las diferentes consultas Generales o Vinculantes sobre dicho impuesto, muestran sobre cómo desde la Dirección General de Tributos interpretan el criterio de devengo en relación al IPS. </p>



<p>Por
ejemplo; </p>



<p><strong>Consulta Vinculante V055-06 </strong></p>



<p><strong>El devengo del impuesto tiene lugar <em>cuando se satisfacen las primas </em></strong>correspondientes a las operaciones gravadas, o en el caso de fraccionamiento de las mismas, en el momento en que se realice cada uno de los pagos fraccionados (apartado Siete del artículo 12 de la Ley 13/1996). Se tributará por la cantidad resultante de aplicar <strong>el tipo de gravamen vigente</strong> en la fecha <strong>del devengo</strong> del impuesto (6 por ciento, actualmente) sobre la base imponible, constituida por el importe total de la prima o cuota satisfecha. No existe por tanto limites reducidos </p>



<p>&#8230;/…</p>



<p>Hay
que tener en cuenta que, en el Impuesto sobre la Primas de Seguros, no hay
crédito de impuesto a deducir o compensar en declaraciones posteriores, a
diferencia de lo que ocurre en el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), <strong>y
sólo existe obligación de declarar en los periodos en que se realicen
operaciones de seguro </strong></p>



<p>Es
decir, las aseguradoras han de presentar mensualmente declaración de dicho
impuesto y supeditado al devengo (cobro) que se haya satisfecho, por lo tanto. </p>



<p>La cuestión que está en el mercado y que algunas aseguradoras han trasladado a canal de la mediación es, la petición que estas han solicitado a los mediadores que, todas las <strong>primas cobradas en el 2020 sean liquidadas antes de finalizar el año, para que de esta forma el devengo del impuesto sea conforme al 6% en vigor. </strong></p>



<p>Pero
¿Cómo debe tratarse aquellos acuerdos mercantiles que permite al mediador
liquidar las primas a las aseguradoras en diferentes plazos según hayan
acordado? </p>



<p><strong>Ejemplo;</strong> Primas cobradas por el
mediador en diciembre 2020 y que pueda estar en periodo de devolución por parte
del tomador, por lo que el mediador conforme al acuerdo precontractual que
tiene con la aseguradora, le permite liquidar en plazos superiores, supongamos
enero 2021. </p>



<p>Esta liquidación que efectúa el mediador a la aseguradora sobre primas 2020, pero que son <strong>devengadas</strong> a la compañía en el 2021, implican que deberían ser repercutidas al 8% y no al 6%, todo y haber sido cobradas por el mediador en el ejercicio actual. </p>



<p>Es
decir, cuando la Aseguradora declare durante los veinte primeros días naturales
del mes siguiente a la finalización del correspondiente período de liquidación
mensual. (excepto mes de julio), <strong>se encontrará que, en su declaración
mensual, el devengo y periodo que está declarando estará sujeto al 8%,</strong> pero
por el contrario el mediador <strong>habrá liquidado la prima que tenía calculada
el IPS al 6%.</strong> </p>



<p><em>(Ejemplo
modelo 430 presentación telemática a través del cual las Aseguradoras liquidan
el IPS) </em></p>



<figure class="wp-block-image"><img loading="lazy" decoding="async" width="567" height="295" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2020/12/modelo-430-1.png" alt="" class="wp-image-1404" srcset="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2020/12/modelo-430-1.png 567w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2020/12/modelo-430-1-300x156.png 300w" sizes="(max-width: 567px) 100vw, 567px" /><figcaption>modelo 430 que presentan mensualmente las Aseguradoras</figcaption></figure>



<p><strong>Observación: </strong></p>



<p>Si
finalmente la entrada en efecto del nuevo tipo del 8% es a partir del 1 de
enero 2021, sería conveniente regularizar las primas que se hayan cobrado por
parte del mediador durante este 2020 para que, de esta forma, la liquidación a
las aseguradoras se impute al 6% en vigor actualmente. </p>



<p>Para aquellas primas que no estén cobradas por el mediador, lo ideal sería re facturarlas con efecto 2021 para que se le pueda aplicar el tipo del 8%, de esta forma <strong>cuando se haya devengado por el tomador,</strong> la compañía liquidará el impuesto conforme vigente en de dicho momento. </p>



<p>La casuística de opciones sobre la gestión de los recibos es más amplia como así lo han estado comunicando diferentes aseguradoras, pero eso no exime que si al final no hay una prórroga sobre su entrada en vigor, mediadores y aseguradoras deberán ponerse de acuerdo sobre las primas que se hayan cobrado al tomador durante el 2020. </p>
		<p>La entrada <a href="https://elblogdelcorredor.es/el-incremento-del-2-en-el-ips-para-el-2021/">El incremento del 2% en el IPS para el 2021.</a> aparece primero en <a href="https://elblogdelcorredor.es">El blog de los corredores y mediadores de seguros</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Qué puede haber cambiado?</title>
		<link>https://elblogdelcorredor.es/que-puede-haber-cambiado-en-el-sector-de-la-mediacion/</link>
					<comments>https://elblogdelcorredor.es/que-puede-haber-cambiado-en-el-sector-de-la-mediacion/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[Solvento]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 25 Jun 2019 16:23:39 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Consultoría]]></category>
		<category><![CDATA[Marketing]]></category>
		<category><![CDATA[APP'S]]></category>
		<category><![CDATA[capacidad de producción para corredurías]]></category>
		<category><![CDATA[corredores de seguros]]></category>
		<category><![CDATA[CORREDURIA]]></category>
		<category><![CDATA[OBLIGACIONES DE LOS CORREDORES DE SEGUROS]]></category>
		<category><![CDATA[RATIO PÓLIZA CLIENTE]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>				Nuevos puntos que preocupan a los corredores de seguros		</p>
<p>La entrada <a href="https://elblogdelcorredor.es/que-puede-haber-cambiado-en-el-sector-de-la-mediacion/">¿Qué puede haber cambiado?</a> aparece primero en <a href="https://elblogdelcorredor.es">El blog de los corredores y mediadores de seguros</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
				
<p>Hace ahora 2 años, se hizo mención sobre 5 puntos que preocupaban a los corredores de seguros. </p>



<p>¿Qué puede haber cambiado 2 años después de ese post? </p>



<p>Pues la verdad no mucho, incluso seguro que podemos incluir otros nuevos sumados a las anteriores. La cuestión es, mientras que una gran mayoría de corredores visualizan el estado de sus negocios por el volumen de comisiones en comparación al ejercicio anterior, otros están pensando en levantar la vista para conocer cómo serán sus negocios a medio largo/plazo y cómo podrán seguir obteniendo una buena rentabilidad. </p>



<p>En
junio del 2017 a través de los diferentes trabajos realizados identificamos
estos 5 puntos que preocupaban a los corredores. </p>



<p><strong>¿Cuántos de estos crees que no representan un problema actualmente en tu correduría? </strong></p>



<ul class="wp-block-list"><li><strong>La
sucesión del negocio</strong><strong></strong></li><li><strong>La
reducción de costes</strong><strong></strong></li><li><strong>La
duplicidad en procesos con las aseguradoras</strong><strong></strong></li><li><strong>La
falta de análisis en la segmentación de la cartera</strong><strong></strong></li><li><strong>La
capacidad de producción</strong><strong></strong></li></ul>



<p><a href="https://elblogdelcorredor.es/5-puntos-preocupan-los-corredores/">Puedes ver el contenido de estos puntos a través de este
enlace.</a> </p>



<p><strong>Si por casualidad has conseguido reducir entre 2 ó 3 puntos puedes considerarte un corredor afortunado</strong>, en la mayoría de los casos prácticamente todos siguen vigentes, o bien se han suprimido en su totalidad por la venta de la correduría. <a href="https://elblogdelcorredor.es/como-valorar-una-cartera-de-seguros/">(Este punto bien merece tratarlo a parte como ya se ha hecho en el Blog).</a></p>



<p>Cabe
decir que no toda la responsabilidad recae en el corredor, hay una parte
importante que viene suscrita por las diferentes incidencias técnicas de conectividad
entre compañías y programas de gestión, que dificultan la corrección en los procesos
internos, reducción de costes y por ende a la capacidad de producción por los
recursos destinados al control de la cartera vigente. </p>



<p>Sobre
este último punto, la capacidad de producción vemos que el problema principal
recae en que se sigue buscando fuera (adquisiciones / integraciones) para
compensar la falta de capacidad de crecimiento orgánico. </p>



<p>La gestión de los datos y el análisis de estos por la dirección,
así como con la ayuda de expertos, debería ser un activo que los corredores y
corredurías apliquen en sus negocios. </p>



<p><strong>¿Qué pensaría si una correduría con 3200 clientes en el 2019, y con datos históricos desde el 2008 quedase con unos 2500 clientes aproximadamente en el 2022? </strong></p>



<figure class="wp-block-image"><img loading="lazy" decoding="async" width="1024" height="373" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2019/06/PREVISION-CLIENTES-POST-1024x373.jpg" alt="" class="wp-image-839" srcset="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2019/06/PREVISION-CLIENTES-POST-1024x373.jpg 1024w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2019/06/PREVISION-CLIENTES-POST-300x109.jpg 300w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2019/06/PREVISION-CLIENTES-POST-768x280.jpg 768w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2019/06/PREVISION-CLIENTES-POST.jpg 1131w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>Y
si a este dato, le aplicamos la comisión medía que genera cada cliente, ya tienes
el volumen de ingresos aproximados que tendrá esta correduría a finales de año.
</p>



<p><strong>Es importante contar con el soporte de profesionales expertos e independientes en el sector, que te ayuden a optimizar e incrementar los ratios de tu negocio</strong>, asesorándote sobre cómo implementar las herramientas tecnológicas que mejor se adaptan a tu correduría. </p>



<p><em>No puede ser que la falta de comunicación y valor de esta profesión se convierta también en un punto de preocupación en los corredores de seguros. </em></p>



<p>Tan solo es cuestión de levantar la vista y ver cómo y qué están haciendo otros corredores que han visualizado el problema y pusieron solución para no volver a repetirlo. </p>



<p>Jose A Muñoz </p>



<p>CEO</p>
		<p>La entrada <a href="https://elblogdelcorredor.es/que-puede-haber-cambiado-en-el-sector-de-la-mediacion/">¿Qué puede haber cambiado?</a> aparece primero en <a href="https://elblogdelcorredor.es">El blog de los corredores y mediadores de seguros</a>.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Por qué busco clientes nuevos si ya tengo?</title>
		<link>https://elblogdelcorredor.es/por-que-busco-nuevos-clientes-si-ya-tengo/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Solvento]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 13 Nov 2015 10:41:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Consultoría]]></category>
		<category><![CDATA[CAPTACIÓN DE CLIENTE]]></category>
		<category><![CDATA[CLIENTE INTEGRAL]]></category>
		<category><![CDATA[CORREDURIA]]></category>
		<category><![CDATA[RATIO PÓLIZA CLIENTE]]></category>
		<category><![CDATA[seguros]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Quizás habría que preguntarse primero: ¿Qué me cuesta captar un nuevo cliente? ¿Qué le puedo ofrecer que capte su atención? ¿Cuántos corredores y corredurías tienen una media en torno a un 65% &#8211; 75% de sus clientes con una o dos pólizas? La respuesta es clara….. No obstante sigue habiendo ganas de captar nuevos clientes, [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://elblogdelcorredor.es/por-que-busco-nuevos-clientes-si-ya-tengo/">¿Por qué busco clientes nuevos si ya tengo?</a> aparece primero en <a href="https://elblogdelcorredor.es">El blog de los corredores y mediadores de seguros</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>				<a href="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2015/11/GUEST-1.jpg"><img loading="lazy" decoding="async" class="wp-image-576 aligncenter" src="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2015/11/GUEST-1.jpg" alt="INCREMENTAR RATIO PÓLIZA CLIENTE" width="793" height="446" srcset="https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2015/11/GUEST-1.jpg 1920w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2015/11/GUEST-1-300x169.jpg 300w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2015/11/GUEST-1-1024x576.jpg 1024w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2015/11/GUEST-1-768x432.jpg 768w, https://elblogdelcorredor.es/wp-content/uploads/2015/11/GUEST-1-1536x864.jpg 1536w" sizes="(max-width: 793px) 100vw, 793px" /></a></p>
<p>Quizás habría que preguntarse primero:</p>
<p style="text-align: center;"><strong>¿Qué me cuesta captar un nuevo cliente?</strong></p>
<p style="text-align: center;"><strong>¿Qué le puedo ofrecer que capte su atención?</strong></p>
<p>¿Cuántos corredores y corredurías tienen una media en torno a un<strong> 65% &#8211; 75% de sus clientes con una o dos pólizas?</strong> La respuesta es clara…..</p>
<p>No obstante sigue habiendo ganas de captar nuevos clientes, aún teniendo en cuenta que las primas que se les habrán de ofrecer serán a un precio muy competitivo. Al cliente le cuesta ver otro factor que no sea este, seguramente instado y motivado por la situación de dificultad económica y por la guerra comercial de las aseguradoras.</p>
<p>Si a todo esto le añadimos que la actividad del corredor está remunerada principalmente por las aseguradoras, ¿cómo se puede plantear cobrar honorarios si el cliente no ha percibido el valor añadido que le representa contar con un corredor?</p>
<p>Cada corredor debería conocer cuáles son sus costes mínimos por póliza, qué rentabilidad obtiene de su contratación y a partir de ahí segmentar a “los clientes que ya tiene” para promover y ofrecerles seguros a medida de sus necesidades.</p>
<p>OJO; <em>hay que destacar que no es lo mismo hacer una campaña dirigida a tus clientes en función de qué necesidades se han detectado, que poner a disposición de la aseguradora la BBDD para que en nombre de la correduría ofrezca su producto a interés de esta sin saber si el cliente será receptivo o no. </em></p>
<p><strong><u>Y ¿QUÉ PASA CON OTROS SECTORES QUE TAMBIÉN ESTABAN “SEGUROS”?</u></strong></p>
<p>Existen ejemplos en otras actividades o sectores que nos ayudan a comprender el cambio de orientación estratégico/comercial y de optimización de los recursos que debemos realizar en nuestras actividades.</p>
<p><u></u>Les hago eco de un artículo publicado desde un Colegio de Farmacéuticos, el cual creo que se puede ver reflejado en parte el sector asegurador.</p>
<p><a href="http://farmaceuticoscadiz.com/index.php/noticias/538-tiempos-dificiles-para-la-farmacia">http://farmaceuticoscadiz.com/index.php/noticias/538-tiempos-dificiles-para-la-farmacia</a></p>
<p><strong>Hay un fragmento del artículo que llama especialemente la atención, ya que describe una situación muy similar a la que atraviesan muchísimas corredurías a día de hoy:</strong></p>
<p><em>Otro farmacéutico expresa así su impresión sobre la situación. Desde el inicio de la crisis no hemos parado de escuchar el tópico “A la farmacia no le afecta la crisis, la gente sigue comprando medicamentos”. Y cada vez que lo escucho me viene a la cabeza el mismo pensamiento “Nada más lejos de la realidad”. No podemos olvidar que la farmacia no deja de ser un establecimiento sanitario con un componente comercial, y como tal la crisis repercute en los ingresos. En esta situación todo comercio intenta optimizar las compras, ajustar los márgenes y reducir personal. En este sentido este sector está siendo muy castigado. Somos un sector donde no se nos permite negociar condiciones con muchos de nuestros proveedores ya que las medidas adoptadas lo impiden. Es decir se nos impone como debemos comprar a nuestros proveedores. Por otro lado respecto al margen, también tenemos las manos atadas, ya que éste viene impuesto por decisiones administrativas. Y en este sentido nuestro margen por decisión estatal decrece un día si y otro también. ¿Y reducir plantilla? La farmacia no deja de ser una empresa pequeña con todas sus ventajas y todos sus inconvenientes. Por tanto ante esta situación no tenemos margen de actuación y esto nos hace ser más débiles ante la crisis.</em></p>
<p><em>Si a todo esto les sumamos que cada vez los medicamentos valen menos debido a la bajada de precios&#8230; No sé, saquen sus propias conclusiones. Lo que más duele es que la gente sigue pensando que la farmacia es un negocio muy rentable. Yo les digo que para nada.</em></p>
<p><strong>Todas las empresas tienen un ciclo de vida: Se crean, crecen, llegan a su punto de maduración y en caso de no gestionarlas correctamente caen en declive. </strong></p>
<p>José A Muñoz</p>
<p>CEO		</p>
<p>La entrada <a href="https://elblogdelcorredor.es/por-que-busco-nuevos-clientes-si-ya-tengo/">¿Por qué busco clientes nuevos si ya tengo?</a> aparece primero en <a href="https://elblogdelcorredor.es">El blog de los corredores y mediadores de seguros</a>.</p>
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