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MAYOR ALCANCE DE LAS COMPROBACIONES TRIBUTARIAS: NUEVAS FACULTADES Y REQUISITOS

En el ámbito de la gestión tributaria, se han implementado recientemente cambios significativos que otorgan mayores facultades a los órganos encargados de llevar a cabo las comprobaciones limitadas. Estas revisiones se activan cuando se detectan discrepancias entre las declaraciones tributarias y la información en posesión de Hacienda. A continuación, exploraremos las modificaciones clave y las implicaciones para los contribuyentes.

I. Comprobaciones limitadas:

Las comprobaciones limitadas constituyen una herramienta importante para aclarar discrepancias en la información tributaria. Hasta ahora, Hacienda tenía ciertas opciones para abordar estas discrepancias

  1. Examen exhaustivo de datos y antecedentes: Hacienda podía examinar los datos y antecedentes disponibles en su poder, así como los consignados en las declaraciones o autoliquidaciones. También se les permitía revisar los justificantes presentados o requeridos para respaldar la información declarada.
  2. Revisión de registros y documentos exigidos: Para obtener una visión más completa, Hacienda tenía la facultad de examinar los registros y documentos exigidos por la normativa tributaria. Esto incluía la revisión de los libros de registro de IVA y de IRPF, así como las facturas y comprobantes relacionados con las operaciones registradas.
  3. Requerimientos a terceros: Además, Hacienda podía solicitar a terceros información que ya estuvieran obligados a suministrar, o requerirles que justificaran la información previamente proporcionada. Esto abarcaba datos específicos, como aquellos correspondientes al modelo 347 o al modelo 190.

II. Ampliación de las facultades sobre la contabilidad:

En el pasado, las comprobaciones limitadas no permitían a Hacienda examinar la contabilidad mercantil, a menos que el contribuyente la entregara voluntariamente. Sin embargo, una nueva ley ha cambiado esta dinámica y ahora Hacienda tiene el derecho de exigir la presentación de la contabilidad. Es importante tener en cuenta las siguientes consideraciones:

  1. Verificación de la correspondencia: El examen de la contabilidad se limita a constatar la coincidencia entre lo registrado en la contabilidad del contribuyente y la información en posesión de Hacienda. Esto incluye la información obtenida durante el proceso de comprobación.
  2. Lugar de revisión: En principio, la revisión de la contabilidad se llevará a cabo en el domicilio del contribuyente. No obstante, existe la posibilidad de que el contribuyente otorgue su consentimiento para realizar el examen en oficinas públicas. Asimismo, Hacienda podrá analizar copias de la contabilidad en sus instalaciones, en cualquier formato.
  3. Comprobación adicional: Es importante destacar que el examen de la contabilidad en el marco de las comprobaciones limitadas no impide ni limita la realización de una posterior comprobación en un futuro procedimiento de inspección.

III. Requerimientos a terceros:

Una novedad relevante es que Hacienda ahora tiene la facultad de solicitar información y documentación a terceros sin que estos estén obligados a facilitar dichos datos de forma general. Sin embargo, es crucial tener en cuenta la siguiente limitación:

  1. Exclusión de información bancaria: Hacienda aún no puede solicitar ni obtener información bancaria sobre los movimientos financieros del contribuyente. No obstante, sí puede requerir justificaciones de las operaciones financieras, como escrituras o contratos.

Se trata de una de las modificaciones a la Ley General Tributaria que entraron en vigor el pasado 23 de mayo, fruto de la transposición de una directiva europea, los órganos de gestión tributaria han obtenido mayores facultades para llevar a cabo comprobaciones limitadas. Estas modificaciones incluyen la capacidad de examinar la contabilidad mercantil, siempre respetando ciertas condiciones, así como la posibilidad de solicitar información a terceros. Los contribuyentes deben estar al tanto de estas actualizaciones y asegurarse de cumplir con sus obligaciones fiscales de manera adecuada y transparente.

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